¿Es legal la facturación con lecturas estimadas del contador (luz o gas)?
Sucede, cuando el contador tiene difícil acceso o, cuando, quien la habita no permite el acceso a las lecturas del contador. También cuando el contador estaba estropeado y no marcaba adecuadamente consumo.
Estos dos supuestos, permiten a las eléctricas emitir facturas de consumo con lectura estimada.
La facturación del acceso a las redes se realizará siempre basándose en lecturas reales, En aquellos suministros en los que el encargado de lectura no pueda acceder al equipo de medida para realizar la lectura, deberá dejar un aviso de imposible lectura en el que se indique un número de teléfono y una dirección web mediante la cual el usuario podrá facilitar la lectura de su equipo, así como el plazo para hacerlo. En el aviso de imposible lectura se especificará la información que deberá indicar el usuario para poder facilitar dicha lectura. En el caso de que el usuario no ponga a disposición del encargado de la lectura, la lectura de su equipo de medida en el plazo de dos meses desde el aviso de imposible lectura, el encargado de la lectura podrá estimar el consumo de dicho suministro en función del procedimiento recogido en la normativa vigente en cada momento.
¿Cómo calculan el consumo estimado?
En lo que respecta a la normativa para calcular los consumos estimados, esta ley nos dice
Se facturará como consumo estimado en el período correspondiente el equivalente a la facturación por este concepto en el mismo período del año anterior. El consumo estimado se calculará tomando el consumo real de aquel período del año anterior que incluya el período a facturar, dividido entre el número de días del mismo período del año anterior y multiplicado por el número de días que comprenda la facturación
En aquellos suministros en los que el consumo comprendido entre dos lecturas reales sea nulo, no procederá estimar el consumo de los siguientes periodos de facturación sobre la base del promedio histórico diario del mismo periodo del año anterior. En estos casos, hasta la siguiente lectura real, en las facturaciones mensuales basadas en consumos estimados se igualará el término de energía a cero.»
¿Cómo ven los Tribunales las Facturas de lecturas estimadas de contador?
se contempla para el caso de «que no haya sido posible la realización de la lectura del contador, por causas ajenas a la empresa, se podrán efectuar facturaciones estimadas con una regularización mínima anual». En consecuencia, esta facturación no real, no será objeto de condena.
Así pues, existe un incumplimiento por parte de la demandada que no ha satisfecho las cuotas contratadas, pero no en cuanto a las estimadas pues a su incumplimiento precedió el de la demandante que no ha acreditado la imposibilidad de llevar a cabo regularizaciones anuales imputables a la consumidora. Pero si se acredita ese intento de acceso, al margen de encontrarse la vivienda cerrada, las facturas estimativas serán plenamente válidas.
Conclusiones:
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- La mayoría de usuarios desconocen la procedencia de las facturas que reciben por lectura estimada de contador.
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- Existe normativa que regula los supuestos en los que las eléctricas están facultadas para su emisión. Concretamente, cuando no hay libre acceso a los contadores que impide su lectura y en los casos de rotura de contador.
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- En el primero de los casos, será obligatorio hacer una regulación y refacturación atendiendo al consumo real. Pero será necesario que el usuario le permita el acceso al lector. En caso contrario, será plenamente válida la facturación estimada.
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- Si la estimación es por rotura, difícilmente se podrá hacer una lectura real ni saber desde que momento tuvo lugar la avería. Entonces, por analogía, le aplicarán la potencia contratada, por seis horas de utilización diarias durante un año.
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- Los Tribunales obligan a las eléctricas a acreditar que han intentado en varias ocasiones acceder al contador sin éxito. No basta la simple alegación. De igual forma, mantienen que, si se han dejado avisos para intentarlo y no se han atendido, las facturas estimadas serán válidas. Y sin importar que la vivienda haya estado deshabitada.
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